Conforme a la normativa y la jurisprudencia laboral, las dietas tienen naturaleza extrasalarial, así que no son sueldo, salario, retribución o su equivalente a efectos del artículo 607 de la LEC. Conforme a la normativa y la jurisprudencia laboral, las dietas tienen naturaleza extrasalarial, así que no son sueldo, salario, retribución o su equivalente a efectos del artículo 607 de la LEC. Conforme a la normativa y la jurisprudencia laboral, las dietas tienen naturaleza extrasalarial, así que no son sueldo, salario, retribución o su equivalente a efectos del artículo 607 de la LEC. Iberley – Noticias – RSS
