El TS aplica la perspectiva de género del artículo 226 de la Ley General de la Seguridad Social para establecer que, en el caso de separación de hecho por violencia de género, se cumple el requisito legal para cobrar la prestación en favor de familiares. El TS aplica la perspectiva de género del artículo 226 de la Ley General de la Seguridad Social para establecer que, en el caso de separación de hecho por violencia de género, se cumple el requisito legal para cobrar la prestación en favor de familiares. El TS aplica la perspectiva de género del artículo 226 de la Ley General de la Seguridad Social para establecer que, en el caso de separación de hecho por violencia de género, se cumple el requisito legal para cobrar la prestación en favor de familiares. Iberley – Noticias – RSS