En resolución de 28 de marzo de 2023, el TEAC permite mudar la opción inicialmente emitida en caso de modificación sustancial de las circunstancias que llevaron a una u otra, siempre que la modificación no sea imputable al obligado tributario. En resolución de 28 de marzo de 2023, el TEAC permite mudar la opción inicialmente emitida en caso de modificación sustancial de las circunstancias que llevaron a una u otra, siempre que la modificación no sea imputable al obligado tributario. En resolución de 28 de marzo de 2023, el TEAC permite mudar la opción inicialmente emitida en caso de modificación sustancial de las circunstancias que llevaron a una u otra, siempre que la modificación no sea imputable al obligado tributario. Iberley – Noticias – RSS