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Elevado también a 50.000 euros el límite exento de garantía para aplazar o fraccionar deudas en tributos de gestión autonómica

La Orden HFP/583/2023, de 7 de junio, eleva a 50.000 euros el límite exento de la obligación de aportar garantías en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de deudas derivadas de tributos cedidos cuya gestión recaudatoria corresponde a las comunidades autónomas.    La Orden HFP/583/2023, de 7 de junio, eleva a 50.000 euros el límite exento de la obligación de aportar garantías en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de deudas derivadas de tributos cedidos cuya gestión recaudatoria corresponde a las comunidades autónomas. La Orden HFP/583/2023, de 7 de junio, eleva a 50.000 euros el límite exento de la obligación de aportar garantías en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de deudas derivadas de tributos cedidos cuya gestión recaudatoria corresponde a las comunidades autónomas.  Iberley – Noticias – RSS 

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