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El TS se pronuncia sobre la base de la sanción del art. 191 LGT por regularización de operaciones vinculadas

Determina cuál debe ser la base de cálculo de la sanción en aquellos supuestos de regularización de operaciones vinculadas en las que, por diferencias en la valoración, se imputa al contribuyente persona física rentas que fueron declaradas por la sociedad vinculada.    Determina cuál debe ser la base de cálculo de la sanción en aquellos supuestos de regularización de operaciones vinculadas en las que, por diferencias en la valoración, se imputa al contribuyente persona física rentas que fueron declaradas por la sociedad vinculada. Determina cuál debe ser la base de cálculo de la sanción en aquellos supuestos de regularización de operaciones vinculadas en las que, por diferencias en la valoración, se imputa al contribuyente persona física rentas que fueron declaradas por la sociedad vinculada.  Iberley – Noticias – RSS 

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