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El TS fija jurisprudencia sobre el cómputo del plazo de prescripción para exigir el pago a los responsables solidarios

Lo hace en dos sentencias de 18 de julio, señalando que dicho plazo no puede interrumpirse por actuaciones frente al deudor principal o al obligado respecto de cuyas deudas se deriva la responsabilidad, salvo que la interrupción se dirija a quien antes fue declarado responsable.    Lo hace en dos sentencias de 18 de julio, señalando que dicho plazo no puede interrumpirse por actuaciones frente al deudor principal o al obligado respecto de cuyas deudas se deriva la responsabilidad, salvo que la interrupción se dirija a quien antes fue declarado responsable. Lo hace en dos sentencias de 18 de julio, señalando que dicho plazo no puede interrumpirse por actuaciones frente al deudor principal o al obligado respecto de cuyas deudas se deriva la responsabilidad, salvo que la interrupción se dirija a quien antes fue declarado responsable.  Iberley – Noticias – RSS 

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