La Sala III del Tribunal Supremo fija su doctrina en relación a la interpretación de la cláusula antiabuso recogida en el IRNR, estableciendo que la carga de la prueba de la aplicación de la exención recogida en el artículo 14.1.h del TRLIRNR, corresponde a la Administración Tributaria. La Sala III del Tribunal Supremo fija su doctrina en relación a la interpretación de la cláusula antiabuso recogida en el IRNR, estableciendo que la carga de la prueba de la aplicación de la exención recogida en el artículo 14.1.h del TRLIRNR, corresponde a la Administración Tributaria. La Sala III del Tribunal Supremo fija su doctrina en relación a la interpretación de la cláusula antiabuso recogida en el IRNR, estableciendo que la carga de la prueba de la aplicación de la exención recogida en el artículo 14.1.h del TRLIRNR, corresponde a la Administración Tributaria. Iberley – Noticias – RSS