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El tiempo utilizado como miembro de las mesas electorales de los procesos de elección de RLT es tiempo de trabajo

La AN reconoce como tiempo de trabajo, a todos los efectos, el dedicado a funciones como miembros de las mesas electorales en los procesos de elección de los representantes de los trabajadores en la empresa.    La AN reconoce como tiempo de trabajo, a todos los efectos, el dedicado a funciones como miembros de las mesas electorales en los procesos de elección de los representantes de los trabajadores en la empresa. La AN reconoce como tiempo de trabajo, a todos los efectos, el dedicado a funciones como miembros de las mesas electorales en los procesos de elección de los representantes de los trabajadores en la empresa.  Iberley – Noticias – RSS 

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